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	<title>arrayexception.com - Tecnologia y Desarrollo &#187; Legal</title>
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	<description>Tecnologia y Desarrollo</description>
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		<title>España cobra por copia privada en casos que no contempla la directiva europea del &#8216;copyright&#8217;</title>
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		<pubDate>Thu, 13 May 2010 20:49:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>lobo</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legal]]></category>
		<category><![CDATA[canon digital]]></category>
		<category><![CDATA[SGAE]]></category>

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		<description><![CDATA[El legislador español admite el pago de la compensación por copia  privada (o canon digital) en supuestos que no contempla la directiva de  los derechos de autor. Esta es la principal conclusión de Verica  Trstenjak, abogada general del Tribunal de Justicia de la UE, en el caso  que enfrenta a la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El legislador español admite el pago de la compensación por copia  privada (o canon digital) en supuestos que no contempla la directiva de  los derechos de autor. Esta es la principal conclusión de Verica  Trstenjak, abogada general del Tribunal de Justicia de la UE, en el caso  que enfrenta a la Sociedad General de Autores (SGAE) y la empresa  Padawan, propietaria de una tienda de informática en Barcelona, por el  canon digital.</p>
<p>La opinión no es concluyente. Todavía falta la sentencia, pero en la  mayoría de casos (80%) lo que dictamina la abogacía europea termina en  fallo. Una resolución que dará respuesta jurídica a las cuestiones  planteadas por la Audiencia Provincial de Barcelona al Tribunal Europeo  en 2008, sobre si la aplicación indiscriminada del canon contradecía la  directiva europea, entre otras cuestiones, como planteó el abogado de la  empresa demandada, Padawan.</p>
<p><span id="more-2512"></span></p>
<p>Trstenjak no pone en duda el canon.  Es la fórmula elegida por el estado español, entre otros países  europeos, para retribuir a los autores por la pérdida de sus derechos  exclusivos de reproducción. Tampoco que éste se aplique por estimación,  pero considera que la compensación que cobra el autor por las copias que  el consumidor hace de las obras protegidas, como canciones o películas,  legalmente adquiridas, sólo debería &#8220;gravar los equipos, aparatos y  materiales de reproducción digital que presumiblemente se vayan a  destinar a la realización de copias privadas&#8221;.</p>
<p>La abogada  considera que la aplicación del canon digital en España es  &#8220;incompatible&#8221; con la directiva de la Unión Europea (UE) porque  &#8220;extiende la obligación de compensación a personas distintas de las  personas físicas&#8221; y a &#8220;supuestos que no consisten en una reproducción  para uso privado&#8221;. Es decir, del canon digital deberían estar exentos  las personas jurídicas (empresas, profesionales, instituciones), pero en  España pagan todos. En consecuencia, dice, el canon es  &#8220;indiscriminado&#8221;.</p>
<p>El informe de la abogada general coincide con la  tesis que ya defendió en 2007 el entonces comisario de mercado  interior, Charlie McCreevy, en su respuesta a una pregunta del  eurodiputado Raúl Romeva: &#8220;El canon sobre soportes digitales no puede  cobrarse indiscriminadamente. La Administración y las empresas no  deberían satisfacer el canon en sus compras de soportes y aparatos  porque no los emplearán para almacenar obras con derechos de autor&#8221;.</p>
<p>Trstenjak  también recuerda al Estado español, que pretendía anular la causa en el  tribunal europeo, que los tribunales españoles están obligados a  aplicar la directiva comunitaria cuando no se ha adaptado a la  legislación nacional en plazo y forma, como de hecho ocurrió. España  tardó cuatro años en trasponer la norma europea.</p>
<h4>Reclamaciones</h4>
<p>El  principal contribuyente a las arcas de las entidades de gestión de los  derechos de autor por el canon digital no es el ciudadano sino la  Administración.</p>
<p>De los cerca de 90 millones de euros que las  entidades de gestión obtuvieron por copia privada en 2009, la mitad se  lo dieron los organismos públicos. Unos 40 millones de euros.</p>
<p>Para  darse cuenta de la magnitud de la cifra baste recordar que en la  penúltima remodelación gubernamental para ahorrar dinero sumaba una  cifra de 16 millones de euros.</p>
<p>Si el dictamen de la abogacía del  Tribunal Europeo se confirma con una sentencia en octubre, las  repercusiones no sólo serán legales en España y en otro puñado de  países, sino también económicas.</p>
<p>La Administración Pública  española, como principal perjudicada por la indiscriminada implantación  de ese canon , debería reclamar el dinero ingresado.</p>
<p>Otra catarata  de reclamaciones particulares, de asociaciones de comerciantes, también  caerían, a la vez que el Gobierno español debería adecuar su  legislación al fallo europeo, como ha adelantado la ministra de Cultura,  lo que no significará que se elimine el canon, sino que se cambiará su  actual redactado.</p>
<p>Hace casi siete años empezó este caso. En julio  de 2003 las entidades de gestión y Asimelec pactaron gravar con un canon  los CD y DVD vírgenes, como ya se hacía con los soportes de  almacenamiento analógico. Tres años después, el Congreso aprobó el canon  digital. Por el camino ha habido seis sentencias que han fallado que  grabar un juicio en CD no está sujeto al pago del canon, obligando a las  tiendas a devolver el importe.</p>
<p>Fuente: elpais.com</p>
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		<title>Absuelven a una web de enlaces porque &#8220;un &#8216;link&#8217; no supone comunicación pública&#8221;</title>
		<link>http://www.arrayexception.com/desarrollo/legal/absuelven-a-una-web-de-enlaces-porque-un-link-no-supone-comunicacion-publica/</link>
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		<pubDate>Tue, 11 May 2010 17:36:01 +0000</pubDate>
		<dc:creator>lobo</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legal]]></category>
		<category><![CDATA[ley antipirateria]]></category>

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		<description><![CDATA[Un juzgado de Barcelona ha absuelto  a la página de enlaces Índice-Web de un delito contra la propiedad intelectual, según  publica la versión digital del diario Público.
Índice-Web había sido denunciada por la SGAE, después de que  ésta considerara que los enlaces que contenía el site, y que  llevan a archivos de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Un juzgado de Barcelona ha absuelto  a la página de enlaces <em><a title="Ir a la página Indice-Web" href="http://www.indice-web.com/index.php" target="_blank">Índice-Web</a></em> de un<strong> delito contra la propiedad intelectual</strong>, según  publica la versión digital del <a title="Ir a la página de Público" href="http://www.publico.es/ciencias/311877/nueva/sentencia/rechaza/criminalizar/paginas/enlaces" target="_blank">diario <em>Público.</em></a></p>
<p><em><strong>Índice-Web</strong></em> había sido denunciada por la SGAE, después de que  ésta considerara que los enlaces que contenía el <em>site</em>, y que  llevan a archivos de particulares, constituían<strong> un delito contra  los derechos de autor</strong>.</p>
<p><span id="more-2508"></span></p>
<p>Sin embargo, el juez ha rechazado los argumentos presentados por la sociedad de autores  y ha concluido  que <strong>poner un enlace a un archivo no supone comunicación pública</strong> de la obra a la que enlaza.</p>
<p>La sentencia <strong>viene precedida por otra similar</strong>, la  del caso de <a title="Ir a 'Elrincondejesus.com'" href="http://www.elrincondejesus.es/" target="_blank"><em>Elrincondejesus.com</em></a>.  La <a title="Un juez absuelve a una web de enlaces" href="http://www.20minutos.es/noticia/651219/3/">SGAE interpuso una  demanda en 2007 contra está web de enlaces</a> a contenidos de descarga <em>P2P</em> . Hace sólo dos meses, un juez de Barcelona dio la razón al demandado y  afirmó que &#8220;las redes P2P <strong>no vulneran derecho</strong> alguno  de la  Ley de Propiedad Intelectual&#8221;.</p>
<p>En la actualidad, hay<strong> numerosos casos parecidos</strong> esperando sentencia.</p>
<p>Fuente: 20minutos.es</p>
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		<title>El manifiesto por los derechos en Internet ya tiene 200.000 seguidores en Facebook</title>
		<link>http://www.arrayexception.com/desarrollo/legal/el-manifiesto-por-los-derechos-en-internet-ya-tiene-200000-seguidores-en-facebook/</link>
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		<pubDate>Mon, 28 Dec 2009 19:52:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>lobo</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legal]]></category>
		<category><![CDATA[derechos internet]]></category>
		<category><![CDATA[facebook]]></category>

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		<description><![CDATA[Numerosos internautas españoles han mostrado su apoyo al manifiesto &#8216;En defensa de los derechos fundamentales en Internet&#8217;, el primer texto publicado en Internet por periodistas, bloggers e internautas para criticar los cambios en el Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible.
Tal y como se puede comprobar en el grupo creado en Facebook, el Manifiesto &#8216;En defensa [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Numerosos internautas españoles han mostrado su apoyo al manifiesto <strong>&#8216;En defensa de los derechos fundamentales en Internet&#8217;</strong>, <a title="Noticia en 20minutos.es" href="http://www.20minutos.es/noticia/579628/0/creacion/manifiesto/internet/" target="_blank">el primer texto publicado en Internet por periodistas, bloggers e internautas</a> para criticar los cambios en el Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible.</p>
<p>Tal y como se puede comprobar en <a title="Grupo en Facebook" href="http://www.facebook.com/group.php?gid=186879394498" target="_blank">el grupo creado en Facebook</a>, el Manifiesto <a title="El manifiesto en defensa de los derechos en Internet" href="http://bandaancha.eu/articulo/6958/manifiesto-en-defensa-derechos-fundamentales-internet" target="_blank">&#8216;En defensa de los derechos fundamentales en Internet&#8217;</a> ya dispone de 198.020 miembros y continúa creciendo.</p>
<p><span id="more-1871"></span></p>
<p>Fue redactado conjuntamente por periodistas, bloggers e internautas para protestar por la inclusión de modificaciones legislativas <strong>&#8220;que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión</strong>, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet&#8221; en el Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible.</p>
<p>Por otro lado, casi 8.000 personas (7989) ha firmado en <a title="Petitiononline.com" href="http://www.petitiononline.com/ed021209/petition.html" target="_blank">la web de peticiones online PetitionOnline.com</a>, que exige al firmante identificarse con su nombre, una dirección de email y un número de DNI.</p>
<p>Fuente: 20minutos.es</p>
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		<title>Sentencias históricas contra el P2P</title>
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		<pubDate>Sat, 23 May 2009 06:00:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>lobo</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legal]]></category>
		<category><![CDATA[Agujero.com]]></category>
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		<category><![CDATA[Kazaa]]></category>
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		<category><![CDATA[P2P en España]]></category>
		<category><![CDATA[sentencias judiciales p2p]]></category>
		<category><![CDATA[Sharemula]]></category>

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		<description><![CDATA[Hace unos días hablamos del juicio que empieza contra el desarrollador español de software P2P Pablo Soto. Pues bien, hoy os traemos una serie de sentencias judiciales que han marcado la historia del P2P en todo el mundo.
Napster (julio 2001)
Este servicio almacenaba los archivos en sus servidores. Un juez de EEUU ordenó el cierre de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hace unos días hablamos del <a title="Juicio contra Pablo Soto" href="/desarrollo/legal/juicio-contra-pablo-soto-desarrollador-de-software-p2p/">juicio que empieza contra el desarrollador español de software</a> <a title="P2P" href="/tag/p2p">P2P</a> Pablo Soto. Pues bien, hoy os traemos una serie de sentencias judiciales que han marcado la historia del <a title="P2P" href="/tag/p2p">P2P</a> en todo el mundo.<span id="more-870"></span></p>
<div class="wp-caption alignright" style="width: 260px"><a title="Napster logo por Toni Oriol, en Flickr" href="http://www.flickr.com/photos/tronick/361803820/"><img title="Logo Napster" src="http://farm1.static.flickr.com/127/361803820_955fe80d7d.jpg" alt="Napster logo" width="250" height="239" /></a><p class="wp-caption-text">Logo Napster</p></div>
<p><strong>Napster (julio 2001)</strong></p>
<p>Este servicio almacenaba los archivos en sus servidores. Un juez de EEUU ordenó el cierre de los mismos y Napster tuvo que <strong>pagar más de 25 millones</strong> de euros a las discográficas.</p>
<p><strong>Kazaa (septiembre 2005)</strong></p>
<p>Perdió su batalla legal en Australia, donde los jueces dieron dos meses a sus propietarios para que impidiesen que los usuarios descargasen archivos con ‘copyright’. Un año más tarde, la compañía llegó a un acuerdo por el que abonó más de <strong>73 millones</strong> de euros a las discográficas de EEUU y se comprometió a ofrecer descargas de pago.</p>
<p><strong>Sharemula (sept. 2008)</strong></p>
<p>La web española Sharemula ofrece enlaces a redes de intercambio de archivos. Promusicae, la SGAE y otras entidades se personaron como acusación. La Audiencia Provincial de Madrid dictó la absolución firme de la página, considerando que no había delito penal en incluir enlaces a contenidos con ‘copyright’ si no se albergaba el archivo.</p>
<p><strong>Infopsp (abril 2009)</strong></p>
<p>El administrador de esta web que incluía enlaces aceptó declararse culpable por la vía penal y abonar <strong>4.900 euros</strong> para evitar una demanda civil de mayor cuantía.</p>
<p><strong>Agujero.com (mayo 2009)</strong></p>
<p>Es la última decisión judicial relacionada con el <a title="P2P en España" href="/tag/P2P-en-España">P2P en España</a>. Además de interponer una demanda civil, la SGAE solicitó como medida cautelar el cierre de esta web que alberga enlaces a redes de intercambio. El juez dictaminó que el cierre no estaba justificado. Se trata sólo de una diligencia previa, y los propietarios de la web se encuentran a la espera de la decisión definitiva del juez.</p>
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		<title>Juicio contra Pablo Soto, desarrollador de software P2P</title>
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		<pubDate>Mon, 18 May 2009 11:17:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>lobo</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legal]]></category>
		<category><![CDATA[Blubster]]></category>
		<category><![CDATA[descargas p2p]]></category>
		<category><![CDATA[juicio españa p2p]]></category>
		<category><![CDATA[juicio pablo soto]]></category>
		<category><![CDATA[MP2P]]></category>
		<category><![CDATA[p2p]]></category>
		<category><![CDATA[Piolet]]></category>

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		<description><![CDATA[Pablo Soto se enfrenta desde el martes, en un juicio público, a la mayor demanda interpuesta por las discográficas en España contra un desarrollador de programas de intercambio de archivos (P2P).
¿Qué hubiera ocurrido si Vinton Cerf, el padre de Internet, hubiera decidido no conectar por primera vez varios ordenadores por temor a una demanda? Este [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Pablo Soto se enfrenta desde el martes, en un juicio público, a la mayor demanda interpuesta por las discográficas en España contra un desarrollador de programas de intercambio de archivos (<a title="P2P" href="/tag/p2p">P2P</a>).<span id="more-867"></span></p>
<p>¿Qué hubiera ocurrido si <a title="Vincent Cerf" href="/tag/vincent-cerf/">Vinton Cerf</a>, el padre de Internet, hubiera decidido no conectar por primera vez varios ordenadores por temor a una demanda? Este es el espíritu de la defensa de <strong>Pablo Soto</strong>, durante el <strong>juicio que comienza mañana martes en Madrid</strong> y que enfrenta a este joven madrileño de 30 años con Promusicae (Asociación de Productores de Música de España) y las discográficas Warner, Universal, Emi y Sony BMG.</p>
<p><strong>Esta es la mayor demanda en España contra un creador de software P2P</strong>. Los demandantes exigen 13 millones de euros al creador de los programas <strong>Blubster, MP2P y Piolet</strong>. Más allá de sus protagonistas y las cantidades reclamadas, lo que se debate es si el creador de una tecnología es responsable del uso que realizan de la misma los usuarios.</p>
<div class="wp-caption alignright" style="width: 410px"><img title="Pablo Soto, desarrollador de software P2P" src="http://www.publico.es/resources/archivos/2009/5/17/1242581309092sotodn.jpg" alt="Pablo Soto, desarrollador de software P2P" width="400" height="266" /><p class="wp-caption-text">Pablo Soto, desarrollador de software P2P</p></div>
<p>&#8220;Hay demasiados intereses empresariales en juego para que sea un debate superado&#8221;, explica uno de los abogados de Soto, Javier de la Cueva, que no duda en afirmar que el fin que se busca con esta demanda es &#8220;criminalizar la innovación&#8221;. Hace seis años, cuando la actual Promusicae se llamaba Afyve, envió a Soto un requerimiento notarial en el que le daban un plazo de 24 horas para retirar la posibilidad de descargar el programa Blubster. Soto decidió entonces no eliminarlo, y no volvió a tener noticias por parte de sus actuales demandantes hasta el año pasado. &#8220;El momento es la clave&#8221;, puntualiza Soto. &#8220;En estos años han intentado movimientos judiciales contra usuarios y páginas de enlaces sin éxito. El único flanco que les resta por atacar son los programas&#8221;, sostiene.</p>
<p>Promusicae, que acusa a Soto de &#8220;competencia desleal&#8221;, reclama esos 13 millones de euros basándose en un cálculo de los usuarios que han descargado los programas hechos por su empresa, MP2P. El creador madrileño cree que &#8220;pedir esa cifra busca publicidad&#8221; y añade: &#8220;Interponer una demanda mediática como esta ya deja en el subconsciente que crear software P2P es una actividad delictiva&#8221;. Público ha intentado, sin éxito, contactar con Promusicae para conocer su versión sobre este caso.</p>
<p><strong>Neutralidad de la tecnología</strong></p>
<p>Promusicae también reconoció, durante los días posteriores al envío de la demanda, la importancia del momento en el que se produjo, aclarando que los programas realizados por la empresa de Soto son unas de las pocas herramientas de intercambio originales que continúan activas. Promusicae considera que &#8220;la finalidad principal de estos programas es el intercambio de obras sujetas a derechos de autor&#8221;, algo que De la Cueva niega.</p>
<p>&#8220;Hemos hecho una prueba pericial de música de libre distribución en la red MP2P y el resultado es que al menos el 33% de los artistas consultados tienen su música en esta red&#8221;, detalla el abogado, a la vez que reitera que el uso que se haga de un programa no depende de quién lo haya creado sino de quién lo utilice.</p>
<p>Soto sonríe cuando se le pregunta por el &#8220;evidente ánimo de lucro&#8221; que esgrime Promusicae en la acusación. &#8220;Vendo programas o les incluyo publicidad porque es mi trabajo como programador. No hay nada ilegal en tratar de que un programa sea comercialmente viable&#8221;, detalla.</p>
<p>Si bien <strong>no existen sentencias paralelas en España</strong> -&#8221;mi competencia está en EEUU&#8221;, reconoce Soto- los casos celebrados allí, como el de la norteamericana Grokster, se han saldado con indemnizaciones para las discográficas. &#8220;No es lo mismo&#8221;, se apresura a matizar De la Cueva. &#8220;Hay que aplicar la legislación española, donde no existe ni un solo precedente&#8221;. Además, el letrado destaca que la industria cultural ya intentó acogerse a jurisprudencia extranjera en el caso de las páginas con enlaces a redes de intercambio de archivos, casos en los que las sentencias en España han sido absolutorias.</p>
<p><strong>&#8220;Responsabilidad solidaria&#8221;</strong></p>
<p>Otra de las acusaciones de Promusicae y las discográficas sobre Soto es que este tiene &#8220;responsabilidad solidaria&#8221; con los que comparten archivos con copyright mediante sus programas. &#8220;Como no han podido ir contra los usuarios, me utilizan a mí. Lo que tendrían que estar pensando es cómo cambiar su modelo de negocio en un momento en el que la estructura de los derechos de autor tradicionales se está viniendo abajo&#8221;, afirma rotundo Soto. Pero Promusicae sí está repasando la evolución de su modelo de negocio, aunque no en la forma en la que le gustaría al demandado. De hecho, en la demanda se especifica que la bajada del 40% en las ventas de discos desde septiembre a noviembre de 2008 se debe a las herramientas realizadas por Soto.</p>
<p>Soto reconoce que este caso ha tenido para él un coste personal y profesional importante, aunque también se muestra firme cuando, en su opinión, retrata la estrategia de Promusicae: &#8220;Ellos emprenden una guerra total, tratando de enterrarte en papeles con la demanda y solicitando medidas cautelares&#8221;, y añade: &#8220;Disparan con una metralleta e intentan que alguna ráfaga te alcance&#8221;.</p>
<p>Todas las partes han coincidido en que el proceso que arranca mañana será largo y complicado. Sea cual sea la sentencia, la parte perjudicada en la misma está dispuesta a apelar, lo que implica llegar ante el Tribunal Supremo, un procedimiento que puede llegar a durar diez años.</p>
<p>Fuente: publico.es</p>
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		<item>
		<title>Los operadores y sociedades de autor proponen crear un portal antipiratería</title>
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		<pubDate>Thu, 14 May 2009 10:30:06 +0000</pubDate>
		<dc:creator>lobo</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legal]]></category>
		<category><![CDATA[bittorrent]]></category>
		<category><![CDATA[emule]]></category>
		<category><![CDATA[Francisco Ros]]></category>
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		<category><![CDATA[portal antipirateria]]></category>
		<category><![CDATA[secretario de Estado de Telecomunicaciones]]></category>

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		<description><![CDATA[Los operadores de telefonía e iInternet y la sociedad de gestión de derechos de autor han planteado la creación de &#8220;un superportal&#8221; de contenidos digitales a precios en línea con lo que es la potencialidad de la Red, así como la definición de tres niveles de usuarios para combatir las descargas ilegales desde Internet, según [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los operadores de telefonía e iInternet y la sociedad de gestión de derechos de autor han planteado la creación de &#8220;u<strong>n superportal</strong>&#8221; de contenidos digitales a precios en línea con lo que es la potencialidad de la Red, así como la definición de tres niveles de usuarios <strong>para combatir las descargas ilegales</strong> desde Internet, <strong>según afirmó</strong> el secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, <strong>Francisco Ros</strong>.<span id="more-855"></span></p>
<p>En su intervención en el almuerzo-coloquio &#8216;Las TIC, diez años después de la liberalización&#8217; organizado por Asociación para el Progreso de la Dirección (APD) y Aetic, Ros destacó que aunque en sus negociaciones ambas partes no llegaron a &#8220;un acuerdo total&#8221;, sí que alcanzaron &#8220;unos puntos comunes de mucho valor, diferentes e innovadores de lo que se está haciendo en algunos otros países del mundo&#8221;.</p>
<p>Ros señaló que una de las aportaciones &#8220;más valiosas&#8221; de la mesa de negociación entre operadoras y los gestores de los derechos de autor es que antes de adoptar cualquier acción restrictiva &#8220;se pusiera en marcha un &#8217;superportal&#8217; con un gran número de contenidos a precios en línea con lo que es la potencialidad de la herramienta&#8221;, ocio a precio asequible <strong>para que los internautas cuenten con una buena oferta digital y no tengan que recurrir al P2P</strong>.</p>
<p><strong>Se ha acordado distinguir a los usuarios de la Red en tres niveles</strong></p>
<p>&#8220;Este planteamiento es absolutamente novedoso, ya que no implica criminalizar a nadie de manera generalizada, sino atacar el tema en su verdadera dimensión y con los retos y posibilidades que ofrecen. Confiamos mucho en el esfuerzo realizado hasta ahora y creemos que con un pequeño esfuerzo adicional se podrán alcanzar acuerdos&#8221;, subrayó.</p>
<p>Además, indicó que entre estos puntos de encuentro destaca también el de distinguir a los usuarios de la Red en tres niveles. En el primero estarían unos 70 portales &#8220;que serían responsables del 80% de las descargas ilegales que se producen en la Red&#8221;. Un segundo grupo, menos acotado en su número que dependiendo de donde se ponga la frontera podría estar entre 5.000 o 60.000 usuarios, serían el integrado por los difusores proactivos de esos contenidos, y un tercero en el que figurarían el resto de usuarios, añadió.</p>
<p>Ros insistió en que el <strong>combate contra las descargas ilegales</strong> es &#8220;un tema importante&#8221;, y se mostró confiado en que &#8220;con un pequeño esfuerzo adicional&#8221; se podrán alcanzar acuerdos definitivos. Además, el secretario de Estado de Telecomunicaciones se mostró a a favor de un sistema de actuaciones judiciales &#8220;rápidas&#8221;, con jueces especializados, y abogó por una protección &#8220;clara de los derechos de los usuarios&#8221;.</p>
<p>Fuente: 20minutos.es</p>
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		<title>Rapidshare en el ojo del huracán</title>
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		<pubDate>Mon, 27 Apr 2009 10:51:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>lobo</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legal]]></category>
		<category><![CDATA[descargas p2p]]></category>
		<category><![CDATA[p2p]]></category>
		<category><![CDATA[rapidshare]]></category>
		<category><![CDATA[SGAE]]></category>

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		<description><![CDATA[La industria discográfica alemana aumenta su presión sobre el servicio de alojamiento de archivos, extendiendo las demandas a usuarios finales. El portal alemán de Rapidshare, rendido ante las organizaciones de autor y bajo lupa por las autoridades judiciales, está proporcionando datos personales de los internautas que supuestamente están subiendo archivos que contienen material musical protegido [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La industria discográfica alemana aumenta su presión sobre el servicio de alojamiento de archivos, <strong>extendiendo las demandas a usuarios finales</strong>. <strong>El portal alemán de Rapidshare</strong>, rendido ante las organizaciones de autor y bajo lupa por las autoridades judiciales, <strong>está proporcionando datos personales</strong> de los internautas que supuestamente están subiendo archivos que contienen material musical protegido por derechos de autor. <span id="more-695"></span></p>
<div class="wp-caption alignright" style="width: 310px"><img title="Logo Rapidshare" src="http://rapidshare.com/img2/rslogo.gif" alt="Logo Rapidshare" width="300" height="214" /><p class="wp-caption-text">Logo Rapidshare</p></div>
<p>Las organizaciones alemanas defensoras del copyright, con el concurso de las discográficas que las sustentan, hace tiempo que ampliaron el punto de mira desde las redes <a title="P2P" href="/tag/p2p">P2P</a> a estos servicios de descarga directa, cada vez más usados por los internautas. Rapidshare.de, servicio pionero en alojamiento de servicios, ha sufrido varias demandas por parte de la GEMA (la SGAE alemana). Aunque no consiguió como perseguía el cierre de sus servidores, logró que un tribunal obligara al servicio de descarga directa a controlar y eliminar material protegido sospechoso de alojarse en su servicio.</p>
<p>Aunque la compañía utiliza distintos filtros y borra sistemáticamente material protegido por copyright, insistió en que no existían medios tecnológicos para comprobar los millones de archivos que almacenan y que no podían ser ellos responsables de la piratería. Además, la ley alemana prohíbe “espiar a los usuarios” que en gran número utilizan el servicio para realizar copias de seguridad de sus datos.</p>
<p>Ahora, según revelan en <a title="TorrentFreak" href="http://torrentfreak.com/rapidshare-shares-uploader-info-with-rights-holders-090425/" target="_blank">TorrentFreak</a>, la industria está aprovechando ciertos artículos de la normativa de derechos de autor, para solicitar permisos judiciales que obliguen a Rapidshare a informar de las IPs de usuario supuestamente infractoras, para demandarlos civilmente.</p>
<p>Fuente: muycomputer.com</p>
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		<title>The Pirate Bay pierde el juicio</title>
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		<pubDate>Sat, 18 Apr 2009 10:42:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>lobo</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legal]]></category>
		<category><![CDATA[carcel The Pirate Bay]]></category>
		<category><![CDATA[interncambio archivos p2p]]></category>
		<category><![CDATA[juicio the pirate bay]]></category>
		<category><![CDATA[p2p]]></category>
		<category><![CDATA[The Pirate Bay]]></category>
		<category><![CDATA[torrent]]></category>

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		<description><![CDATA[Un tribunal de Estocolmo condenó este viernes a los cuatro responsables del portal de Internet sueco The Pirate Bay a un año de cárcel y el pago de una indemnización de 30 millones de coronas (2,7 millones de euros) por violar los derechos de propiedad intelectual.
La sentencia considera que facilitando la descarga de archivos mediante [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Un tribunal de Estocolmo condenó este viernes a los cuatro responsables del portal de Internet sueco <a title="The Pirate Bay" href="/tag/The-Pirate-Bay">The Pirate Bay</a> a <strong>un año de cárcel y el pago de una indemnización de 30 millones de coronas</strong> (2,7 millones de euros) por violar los derechos de propiedad intelectual.<span id="more-590"></span></p>
<div id="attachment_591" class="wp-caption alignright" style="width: 282px"><a rel="attachment wp-att-591" href="http://www.arrayexception.com/desarrollo/legal/the-pirate-bay-pierde-el-juicio/attachment/thepiratebay/"><img class="size-full wp-image-591" title="The Pirate Bay" src="http://www.arrayexception.com/wp-content/uploads/2009/04/thepiratebay.png" alt="The Pirate Bay" width="272" height="285" /></a><p class="wp-caption-text">The Pirate Bay</p></div>
<p>La sentencia considera que facilitando la descarga de archivos mediante la tecnología &#8220;<a title="Torrent" href="/tag/torrent">torrent</a>&#8221; y sabiendo que entre ellos figuraba material protegido por derechos de autor, los responsables de la web han violado &#8220;de forma objetiva&#8221; la ley sobre propiedad intelectual.</p>
<p>Los acusados trabajaban además como un &#8220;equipo&#8221; para el mantenimiento y desarrollo de la web, lo que refuerza su culpabilidad, según el tribunal, que fijó una indemnización para la industria audiovisual.</p>
<p>Los condenados aseguran que éste no es el final del proceso, ya que recurrirán la sentencia. Además, con la seguridad e incluso arrogancia que han demostrado durante el juicio, convencidos siempre de no ser condenados, han asegurado que el portal seguirá funcionando.</p>
<p><strong>Los condenados aseguran que recurrirán y que la página no cerrará</strong></p>
<p>Fundada en Estocolmo en 2004, <a title="The Pirate Bay" href="http://www.thepiratebay.org" target="_blank">The Pirate Bay</a> está considerado el principal sitio de Internet del mundo para compartir películas, música, juegos y programas, y se estima que cuenta con entre 22 y 25 millones de usuarios en todo el mundo.</p>
<p>La Fiscalía sueca abrió un caso contra este portal en 2005, y en mayo del año siguiente la Policía detuvo a tres de los acusados en una redada en la que se confiscaron todos los servidores; los cuatro responsables fueron acusados formalmente en enero de 2008.</p>
<p>La sueca <a title="The Pirate Bay" href="/tag/The-Pirate-Bay">The Pirate Bay</a> se ha convertido en los últimos años en el buque insignia del intercambio de archivos por Internet. Siempre polémica y con mucha presencia en los medios, ha tenido que enfrentarse con las autoridades del país así como con los gigantes de la industria del entretenimiento.</p>
<div class="wp-caption aligncenter" style="width: 615px"><img title="Manifestación en Estocolmo contra la confiscación de los servidores, el 3 de junio de 2006." src="http://estaticos.20minutos.es/img/2009/03/03/936288.jpg" alt="Manifestación en Estocolmo contra la confiscación de los servidores, el 3 de junio de 2006." width="605" height="400" /><p class="wp-caption-text">Manifestación en Estocolmo contra la confiscación de los servidores, el 3 de junio de 2006.</p></div>
<p>El pasado mes de febrero <a title="Piden un año de carcel para los responsables de The Pirate Bay" href="/actualidad/piden-un-ano-de-carcel-para-los-responsables-del-portal-the-pirate-bay/">comenzó un juicio</a> que ha sido considerado decisivo en la pugna mundial sobre la descarga gratuita de música, películas, software y otros productos digitales.</p>
<p>Fuente: 20minutos.es</p>
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		<title>Un juez condena a prisión a un hombre por lucrarse con una web de descargas</title>
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		<pubDate>Sun, 12 Apr 2009 14:00:17 +0000</pubDate>
		<dc:creator>lobo</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legal]]></category>
		<category><![CDATA[descarga peliculas]]></category>
		<category><![CDATA[hombre a prision]]></category>
		<category><![CDATA[hombre prision descargas]]></category>
		<category><![CDATA[hombre prision españa]]></category>
		<category><![CDATA[p2p]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia españa]]></category>

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		<description><![CDATA[El juzgado de lo penal número 1 de Logroño (La Rioja) ha condenado a un joven de 22 años por lucrase con una web que ofrecía enlaces para descargar películas y videojuegos que están protegidos con derechos de autor.
La sentencia, pionera en España, le condena a seis meses de prisión y a pagar 4.900 euros, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El juzgado de lo penal número 1 de <strong>Logroño</strong> (La Rioja) ha condenado a <strong>un joven de 22 años por lucrase con una web que ofrecía enlaces para descargar películas y videojuegos</strong> que están protegidos con derechos de autor.<span id="more-480"></span></p>
<p>La sentencia, <strong>pionera en España</strong>, le condena a seis meses de prisión y a pagar 4.900 euros, según informa el diario El País, por un delito contra la propiedad intelectual. Hasta ahora, todos los casos contra páginas web de descargas de achivos habían acabado archivados, y los imputados, absueltos.</p>
<p>Hasta ahora, todos los casos contra páginas web de descargas de achivos habían acabado archivados.</p>
<p>En la web www.infopsp.com, los internautas podían descargarse una copia en su ordenador simplemente con pinchar en el enlace. El condenado hacía que los usuarios de la web tuvieran que registrarse, para luego poder enviarles publicidad. Esto, según el juez, supone un lucro para los administradores de la web.</p>
<p>Fuente: 20minutos.es</p>
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